La Defensa De La Tierra, Los Territorios, La Agricultura Familiar, Campesina E Indígena Y De Las Economías Regionales Es Urgente

La Defensa De La Tierra, Los Territorios, La Agricultura Familiar, Campesina E Indígena Y De Las Economías Regionales Es UrgenteEl Consejo de Agricultura Familiar, Campesina e Indígena y de la Pesca Artesanal expresa su profunda preocupación y rechazo frente a las reformas y políticas que afectan gravemente el acceso, la permanencia y la defensa de la tierra, el territorio, el agua y los medios de vida de las comunidades indígenas, campesinas, criollas, pescadoras y de la agricultura familiar.

Nos encontramos ante una situación particularmente grave: mientras se discuten modificaciones legislativas sobre propiedad, desalojos, tierras rurales y expropiaciones, en distintos territorios del país ya existen comunidades que enfrentan conflictos, amenazas y procesos de desalojo.
Por ello entendemos que no se puede legislar sobre la tierra, el territorio y los recursos naturales desconociendo la realidad de quienes producen, trabajan, habitan y cuidan esos territorios.

1. NO ES SOLAMENTE UNA DISCUSIÓN SOBRE PROPIEDAD: ES UNA DISCUSIÓN SOBRE TERRITORIO

Celebramos que el Senado haya eliminado, del proyecto de inviolabilidad de la propiedad privada, el capítulo referido a la compra de tierras por parte de extranjeros. Sin embargo, advertimos que el problema no está cerrado.

La posibilidad de volver a discutir modificaciones a la legislación sobre tierras rurales continúa siendo una amenaza para la soberanía territorial argentina y para quienes históricamente han defendido y trabajado la tierra.

La tierra no puede convertirse en una mercancía disponible para la concentración económica mientras comunidades originarias, campesinas y criollas continúan luchando por el reconocimiento y la seguridad de sus territorios. Existen deudas históricas con quienes habitamos ancestralmente estos territorios.

NO A LA EXTRANJERIZACIÓN. NO A LA CONCENTRACIÓN DE LA TIERRA.

2. DESALOJOS EXPRÉS: UNA AMENAZA DIRECTA A LAS COMUNIDADES

Las comunidades indígenas, campesinas y criollas ya enfrentan conflictos territoriales y procesos de desalojo. En este contexto, incorporar mecanismos que aceleren los desalojos puede producir consecuencias irreparables.

Un territorio indígena no puede ser tratado como una propiedad privada común. De la misma manera, una familia campesina o criolla que durante generaciones trabaja y produce en un territorio no puede quedar indefensa frente a procedimientos que privilegien únicamente la titularidad formal de la tierra.

NO PUEDE HABER DESALOJO EXPRÉS CUANDO EXISTE UN CONFLICTO TERRITORIAL, PRODUCTIVO, CAMPESINO O INDÍGENA.

Antes de cualquier medida de desalojo deben analizarse los antecedentes de ocupación, producción, posesión, residencia, arraigo y derechos colectivos existentes.

3. DERECHOS DE LOS PUEBLOS ORIGINARIOS

El artículo 75, inciso 17, de la Constitución Nacional reconoce la preexistencia étnica y cultural de los Pueblos Indígenas y garantiza la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan.

Asimismo, corresponde garantizar la participación de los Pueblos Originarios en las cuestiones que afecten sus territorios y recursos naturales.
No aceptamos que el concepto de inviolabilidad de la propiedad privada sea utilizado para invisibilizar la propiedad comunitaria indígena ni para facilitar nuevos procesos de despojo.

4. RESGUARDO DE LOS DERECHOS DE CAMPESINOS Y CRIOLLOS

La defensa del territorio no corresponde únicamente a los Pueblos Originarios. También debe garantizarse el derecho de las familias campesinas y criollas, que producen alimentos, crían animales, trabajan la tierra y sostienen economías locales y regionales.
El Estado debe reconocer el arraigo rural, la producción familiar, la posesión prolongada y las formas tradicionales de trabajo y ocupación de la tierra.
Toda legislación vinculada a la propiedad, los desalojos y las tierras rurales debe contemplar mecanismos específicos para evitar que las familias campesinas y criollas sean desplazadas por procesos de concentración territorial y especulación inmobiliaria.
EL CAMPESINO Y EL CRIOLLO QUE PRODUCEN Y VIVEN DE LA TIERRA TAMBIÉN TIENEN DERECHO A PERMANECER EN ELLA.

5. LEY DE AGRICULTURA FAMILIAR: EL ESTADO DEBE GARANTIZAR SU CUMPLIMIENTO

La Ley 27.118 de Reparación Histórica de la Agricultura Familiar reconoce la importancia de la agricultura familiar, campesina e indígena para la soberanía y seguridad alimentaria, el arraigo rural y el desarrollo sostenible.

Desde este Consejo reclamamos que sus principios no queden establecidos solamente en el texto de la ley, sino que tengan aplicación efectiva y presupuesto suficiente.
La agricultura familiar necesita tierra, agua, caminos, infraestructura, asistencia técnica, acceso a mercados, financiamiento y condiciones dignas para producir.

Proteger la agricultura familiar también significa proteger a quienes producen los alimentos que llegan a nuestras comunidades y ciudades.

6. EL PARANÁ NO ES UNA VÍA DE NEGOCIOS: DEFENSA DE LOS PESCADORES Y DE LA VIDA DEL RÍO

El Consejo incorpora con carácter prioritario la problemática que atraviesan las pescadoras y los pescadores artesanales y ribereños, integrantes fundamentales de nuestra Organización. No podemos hablar de agricultura familiar, campesinado, pueblos originarios y soberanía alimentaria sin hablar también de quienes viven del río, trabajan en el río y lo conocen.

Actualmente se encuentra en discusión y ejecución el proceso relacionado con la concesión de la Vía Navegable Troncal, que comprende tareas de dragado, redragado y mantenimiento. Para quienes miran el Paraná solamente como una vía para transportar mercancías, el dragado puede parecer una simple obra de infraestructura. Para nuestros pescadores y pescadoras no lo es: es una intervención directa sobre el río del cual dependen su trabajo, su alimentación, su economía familiar y la continuidad de sus comunidades.

EL PARANÁ ES MUCHO MÁS QUE UNA HIDROVÍA: ES UN ECOSISTEMA, ES ALIMENTO, ES TRABAJO, ES CULTURA, ES TERRITORIO, ES MEMORIA, ES VIDA. El río no puede ser considerado únicamente una ruta para sacar producción, minerales y mercancías hacia los puertos.

Los pescadores y pescadoras artesanales no solo extraen un recurso: viven dentro del ecosistema y dependen de que este continúe existiendo. Por eso son también somos cuidadores del río y del mar, y su actividad forma parte de las economías familiares y regionales, de la soberanía alimentaria y de la cultura ribereña y costera. Quienes viven del río todos los días conocen sus crecientes y bajantes, los lugares de reproducción del pescado, los bañados, lagunas, riachos y humedales, y los cambios que atraviesa el ecosistema a lo largo del año. Ese conocimiento territorial y ambiental no puede seguir siendo ignorado en las decisiones que se toman sobre el Paraná. No son un sector accesorio ni un obstáculo para el desarrollo de la Hidrovía: son parte esencial de la solución y del cuidado del río.

No nos oponemos por principio a las obras de dragado y mantenimiento de los cauces. Entendemos que son necesarias, pero deben analizarse desde una perspectiva integral y ambiental, y no únicamente desde la necesidad de aumentar el calado para la navegación comercial. El dragado no es solo una obra de infraestructura: debe formar parte de una política integral de manejo de cuencas, prevención de inundaciones y sostenimiento de las economías locales.

Asimismo, la contaminación y la alteración de los cauces fluviales no son un problema exclusivamente fluvial: cuando el río desemboca en el mar, sus efectos alcanzan también los estuarios, humedales y aguas costeras, con impacto directo sobre la pesca artesanal costera y marítima. Por todo ello, sostenemos que no puede existir una política sobre el Paraná que considere solamente a las empresas, los puertos y los grandes cargadores. El río también tiene pueblos, y esos pueblos tienen derechos.
Las y los trabajadores de la pesca artesanal solicitamos a este Honorable Congreso que impulse y garantice:
1. Participación efectiva y permanente de los pescadores y pescadoras artesanales, ribereños y costeros marítimos, en toda decisión sobre el manejo del río, la Hidrovía y las obras de dragado, mediante un mecanismo específico de participación de sus organizaciones.

2. Estudios de impacto ambiental integrales y acumulativos, previos a cualquier obra de dragado, aplicando el principio precautorio: la falta de certeza científica absoluta no debe utilizarse como excusa para avanzar sin medidas de prevención frente a un riesgo de daño grave o irreversible.
3. Protección efectiva de humedales, lagunas, bañados, riachos y costas, junto con la identificación y el resguardo de las zonas de reproducción de peces.
4. Monitoreo público y permanente de las poblaciones de peces y de la calidad del agua.

5. Control público y federal de las obras de dragado y de la concesión, con responsabilidad clara por eventuales daños ambientales y medidas concretas de prevención, mitigación y compensación durante la construcción y el mantenimiento.

6. Acceso público y transparente a toda la información relacionada con la concesión y el dragado del Paraná.

7. Políticas públicas permanentes de mantenimiento, limpieza y recuperación de los cauces, concebidas como parte de una gestión integral de cuencas y no como una obra aislada.

8. Control efectivo de la contaminación de los cursos de agua, contemplando su impacto acumulativo desde el río hasta los ambientes costeros y marítimos.

9. Reconocimiento normativo de la pesca artesanal como actividad productiva y fuente de sustento familiar, estableciendo criterios que la diferencien claramente de la pesca depredatoria y comercial a gran escala.

10. Representación permanente de las organizaciones de pescadores y pescadoras artesanales en las políticas públicas vinculadas al Paraná, con el mismo peso institucional que hoy tienen otros actores del sector productivo y comercial.

No puede protegerse el río expulsando a quienes viven de él, ni puede priorizarse la rentabilidad de la navegación comercial por encima del derecho de las familias pescadoras a trabajar y vivir del Paraná. Confiamos en que este Honorable Congreso sabrá dar a estas demandas el tratamiento y la urgencia que merecen.

7. EXPROPIACIONES Y CONFLICTOS TERRITORIALES

Expresamos también nuestra preocupación por cualquier modificación que limite excesivamente las herramientas estatales de expropiación.
En determinados conflictos territoriales, la expropiación puede constituir una herramienta legítima para resolver situaciones históricas y garantizar derechos sociales, productivos, ambientales y comunitarios.

Restringir estas herramientas puede favorecer a los grandes propietarios y perjudicar a comunidades y familias que durante generaciones han trabajado y habitado un territorio.

8. EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DEBE CONTEMPLAR LAS REALIDADES DEL TERRITORIO

Solicitamos especial atención sobre cualquier modificación del régimen registral. El sistema de propiedad debe contemplar las diferentes realidades existentes en nuestro país: propiedad comunitaria indígena, agricultura familiar, campesinos, criollos, pescadores y formas tradicionales de ocupación y producción.
Ninguna reforma registral debe convertirse en una herramienta para desconocer derechos territoriales históricos.

9. CONSULTA Y PARTICIPACIÓN

Exigimos al Congreso de la Nación que ninguna reforma que afecte tierras rurales, territorios, propiedad, desalojos, expropiaciones, agua, pesca o recursos naturales sea aprobada sin la participación efectiva de quienes habitan y trabajan esos territorios. Debemos ser consultados como parte fundamental del desarrollo económico regional.

Las organizaciones campesinas, criollas, indígenas, pescadoras y de agricultura familiar también deben tener una participación real en las políticas que afectan directamente sus condiciones de vida y producción.

No queremos ser convocados después de que las decisiones estén tomadas. Queremos participar antes, durante y en el seguimiento de las decisiones que afectan nuestros territorios y nuestras formas de vida. Sin participación no hay desarrollo.

POR TODO LO EXPUESTO, EXIGIMOS:
Tierra, territorio y propiedad
1. Rechazar cualquier modificación que facilite la extranjerización y la concentración de las tierras rurales.
2. Mantener los límites existentes a la adquisición de tierras rurales por capitales extranjeros.
3. Preservar herramientas estatales como la expropiación para resolver situaciones territoriales, sociales, ambientales y productivas de interés público.
4. Incorporar la propiedad comunitaria indígena y las diferentes realidades territoriales en cualquier reforma del sistema registral.
Desalojos y conflictos territoriales
5. Impedir que mecanismos de desalojo exprés sean utilizados contra comunidades indígenas, campesinas y familias criollas involucradas en conflictos territoriales.
Pueblos Originarios
6. Garantizar el cumplimiento efectivo del artículo 75, inciso 17, de la Constitución Nacional.
7. Garantizar los derechos reconocidos por la legislación nacional y los instrumentos internacionales para los Pueblos Originarios.
Campesinos, criollos y agricultura familiar
8. Reconocer y proteger los derechos de las familias campesinas y criollas que trabajan y habitan históricamente los territorios rurales.
9. Garantizar la aplicación efectiva de la Ley 27.118 de Reparación Histórica de la Agricultura Familiar.
10. Fortalecer las políticas públicas destinadas a la agricultura familiar, campesina e indígena.
Ríos y pesca artesanal
11. Reconocer y proteger a los pescadores y pescadoras artesanales y ribereños como trabajadores y productores de las economías familiares y regionales.
12. Garantizar la participación efectiva de los pescadores y pescadoras en toda decisión relacionada con el dragado, redragado, mantenimiento y concesión de la Vía Navegable Troncal del Paraná.
13. Realizar estudios de impacto ambiental integrales y acumulativos que contemplen especialmente los efectos sobre la pesca, los humedales, los recursos ictícolas y las comunidades ribereñas.
14. Implementar políticas permanentes de mantenimiento, recuperación y dragado de los ríos, con criterios ambientales y participación de las comunidades ribereñas.
15. Garantizar la participación de los pescadores y pescadoras en las políticas de manejo de los ríos y los recursos ictícolas.
Participación democrática
16. Garantizar la participación efectiva de las organizaciones indígenas, campesinas, criollas, pescadoras y de agricultura familiar en todo debate legislativo relacionado con tierra, territorio, agua, pesca y recursos naturales.

CONCLUSIÓN

Desde el Consejo advertimos que el debate que atraviesa al Congreso no puede reducirse a una discusión jurídica sobre la propiedad. Está en juego quiénes podrán permanecer en la tierra, quiénes podrán producir, quiénes podrán pescar, quiénes podrán acceder al agua, y quién tendrá el poder económico para concentrar los territorios.

Hablamos de comunidades indígenas, de familias campesinas y criollas, de pescadoras y pescadores, de agricultores familiares y trabajadores rurales: de quienes producen los alimentos, cuidan los ríos y sostienen la vida en nuestros territorios. Hablamos, en definitiva, de gran parte del pueblo argentino al que deben llegar las políticas públicas.

Mientras se discuten leyes que podrían acelerar los desalojos, hay comunidades que ya viven el miedo y la amenaza concreta de perder sus territorios. Ninguna ley debe utilizarse para legalizar el despojo.

Por eso decimos no a la extranjerización y a la concentración de la tierra, y no a los desalojos exprés. Y decimos sí a la agricultura familiar, campesina e indígena; sí a los derechos de los campesinos y los criollos; sí a los pescadores y a las economías ribereñas; sí a los territorios de los Pueblos Originarios; sí a ríos vivos, limpios y con cauces protegidos; sí a la soberanía territorial y al derecho a permanecer, producir, pescar y vivir en nuestra tierra.