Alrededor de las 10;00 horas del lunes 18 de agosto dio comienzo a audiencia solicitada por las partes en litigio, en la causa “Roberto Rogelio Sosa, s/ Homicidio calificado con alevosía”, en perjuicio de Armando Ávila de 58 años de edad, hecho ocurrido el 29 de julio de 2023. El imputado asesinó de dos puñaladas a su vecino, en plena calle Buenos Aires y Santa Fe en la localidad de Villa Ana. El Hecho luctuoso fue calificado de alevosía y premeditación.
En éste caso y a dos años y un mes del luctuoso hecho el fiscal de la causa, Norberto Carlos Ríos, junto al abogado que representa la querella, doctor Eduardo Sequeira Alegre, arribaron a un acuerdo de partes reemplazando la calificación primaria por Homicidio Simple. Ambos profesionales representante de partes cerraron negociaciones en el cumplimiento de una pena de 12 años de cumplimiento efectivo bajo la modalidad Prisión Domiciliaria.
El abogado defensor manifestó que NO acepta la imposición de la carátula judicial, sin embargo, respetará los acuerdos. En tanto el señor Juan Ávila, hermano de la víctima rechazo de plano los términos: “Cómo hermano del fallecido asesinado, estoy en total desacuerdo que se hable de prisión domiciliaria, nosotros queremos que se haga justicia como corresponde, porque éste hombre es muy peligroso y si él NO va a parar a una cárcel, hay probabilidades que continúen ocurriendo otras desgracias”, aventuró Avilas.
En base a todo lo expuesto en la audiencia, la magistrada interviniente que presidió la audiencia, jueza de la I.P.P, resolvió dictarle prisión preventiva sin plazo de cumplimiento efectivo, por lo tanto el imputado debe comenzar a cumplir dicha medida judicial en una unidad penitenciaria, ello NO significa que haya desconocimiento de sus derechos, que el abogado defensor podrá solicitarlo cuando y como corresponda.