Una denuncia presentada sobre un hecho luctuoso que le costara la vida a una niña – 2015 -, fue imputado por la justicia santafesina Fernando Rodas mientras se desempeñaba como médico en el hospital de Intiyaco, pueblo donde además era su Pte. Comunal – Dpto. Vera – norte de provincial. El tortuoso juicio que fuera suspendido inexplicablemente en tres oportunidades finalmente y a principio de año, logró una mínima condena para Fernando Antonio Roda. En la presente semana la misma condena quedó en firme confirmado por la Cámara de Apelación. Roda quedo condenado a tres años de prisión en suspenso sin poder ejercer su profesión de médico durante 6 años.
Fernando Rodas, en aquel momento presidente de comunal de Intiyaco, cargo de ocupó por varios periodos consecutivos, fue denunciado en Mayo del 2015 por la madre de Estefanía Altamirano – 4 años – quien falleciera luego de ser revisada por Roda – medico – con fuertes dolores abdominales. Fiscalía lo acusó por “homicidio culposo en concurso real con falsedad ideológica de documento público e incumplimiento de los deberes de funcionario público en calidad de autor”, delitos por los cuales podría solicitar una pena de prisión de 4 años, adelantaron. Pasaron 8 largos años sin que la causa avance un ápice solo interrumpido por anuncios oficiales del juzgado en que suspendió el comienzo del juicio en tres oportunidades. La mayoría de las explicaciones radicaban en la presentación de Roda de certificados médicos con los que se excusaba de estar presente.
Finalmente y luego de muchas idas y vueltas vergonzosa de la justicia verense, el 11 de mayo de 2023 el médico cirujano Fernando Antonio David Roda, de 43 años, fue condenado como autor del homicidio culposo de la niña Estefanía Alejandra Altamirano. El hecho ilícito fue cometido en el hospital de la localidad de Intiyaco (departamento Vera, en la provincia de Santa Fe)) en 2015, cuando ella tenía cuatro años.
A Roda le impusieron tres años de prisión de cumplimiento condicional y una inhabilitación especial para ejercer la medicina por seis años. Además, se le ordenó cumplir reglas de conducta, entre las que están realizar 120 horas de trabajos no remunerativos -que no impliquen la atención de pacientes sin supervisión profesional-, en hospitales o efectores de salud púbicos.
La sentencia rubricada en el corriente mes de noviembre lograda en segunda instancia dejó en firme la condena inicial ante la cámara de apelaciones de la ciudad de Vera rubricada por los Doctores Eduardo Bernacchia, Sebastián Creus y Alejandro Tizón ratifica los términos de la primera instancia sin agregados ni quitas de agravantes.