La Municipalidad De Las Toscas Decretó Duelo Por 48 horas

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE LAS TOSCAS DECRETO N° 042/2018

VISTO:

Que en el día de la fecha se produjo el fallecimiento de “Don Federico Aldo Pezz”, quien fuera presidente comunal e intendente de esta localidad; y,
CONSIDERANDO:

Que Don Federico Aldo Pezz, además de un vecino de esta localidad, se destacó por su amplia trayectoria al servicio de la función pública; ejerciendo, entre otras funciones, 3 periodos como Presidente Comunal y 3 como Intendente.

Que su fallecimiento enluta a los vecinos en general debido a haber tenido una activa participación política y socio – comunitaria.

Que el Señor Intendente Municipal quiere manifestar sus condolencias y acompañar en el dolor, de manera muy especial a su Señora Esposa e hijos, y a todos sus familiares, amigos y conocidos.

Que a fin de expresar la solidaridad y acompañamiento en su memoria y el verdadero reconocimiento para quien fuera un activo participe en la vida institucional de la localidad, el
Sr. Intendente Municipal decide declarar duelo Municipal en esta Ciudad.

POR TODO ELLO:

EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE LAS TOSCAS, EN USO DE FACULTADES QUE LE SON PROPIAS DECRETA:

ARTICULO 1o: Declárase “Jornada de Duelo” por el termino de 2 días en toda la jurisdicción de esta ciudad de Las Toscas (30 de septiembre y 1 de octubre de 2018), en virtud del fallecimiento de quien fuera el último Presidente de Comuna y Primer intendente de esta Localidad, “Don Federico Aldo Pezz”.

ARTICULO 2o: Ícese las banderas a media asta en todos los edificios y lugares públicos municipales de todo el distrito durante las jornadas declaradas, en su homenaje y memoria.

ARTICULO 3o: Elévese Copia del presente a todas las instituciones educativas de la localidad e invítese a las mismas a mantener durante las jornadas de duelo las banderas de sus instituciones a media asta y a dar a conocer a su comunidad educativa el porqué de dicha declaración.

ARTICULO 4o: Invítese a las demás dependencias provinciales y nacionales con sede en la localidad de Las Toscas y a toda otra institución local a adherir a la medida y a mantener sus banderas a media asta.

ARTICULO 5o: Entréguese copia del presente Decreto a sus familiares directos.

ARTICULO 6o: Cumplido. Publíquese. Regístrese. Archívese.

DADO EN EL DESPACHO DEL INTENDENTE DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE LAS TOSCAS, DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO, PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS 30 DÍAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.

Secretario de Gobierno Ivan Sánchez                  Intendente Leandro Chamorro