Nuevas medidas de convivencia Segunda Ola Covid-19 que adquieren Vigencia desde 20 al 30 de mayo inclusive. En todo el territorio provincial desde las 00.00hs del 20 hasta el 30 de mayo inclusive, queda restringida la circulación vehicular en la vía pública, a toda persona que no realice actividades autorizadas.
Quedan exceptuadas de la restricción: Quienes cumplan con su actividad laboral. Quienes estén debidamente justificadas por una situación de fuerza mayor (incluyendo asistencia médica, farmacéutica y cuidado de personas) Para circular deberán llevar la documentación respaldatoria y la app provincial COVID19 o app CUIDAR.
Se suspende la práctica de deportes grupales de contacto (al aire libre y en espacios cerrados), y las competencias deportivas provinciales, zonales o locales de carácter profesional o amateur, no habilitadas expresamente por las autoridades nacionales. El funcionamiento de clubes, gimnasios y otros establecimientos afines, incluidas las actividades al aire libre.
Actividades náuticas, pesca deportiva y recreativa en modalidad costa y embarcados, actividades de los clubes deportivos vinculados a las mismas y de guarderías náuticas.
Actividades sociales y familiares
Se prohíben los encuentros sociales y familiares en lugares cerrados o al aire libre